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Nacionalidad por residencia

Procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia

 

La legislación española prevé varios supuestos de adquisición de la nacionalidad, si bien el más interesante por su complejidad, es el de adquisición de la misma por residencia. 

  1. Nacionalidad por origen.
  2. Nacionalidad por posesión de estado.
  3. Nacionalidad española por opción.
  4. Nacionalidad por residencia.
  5. Nacionalidad por carta de naturaleza.

 

El procedimiento para adquirir la nacionalidad por residencia es el siguiente:

Antes de iniciar el proceso de solicitud, se deberá abonar la tasa correspondiente. 

Además, y también con carácter previo al inicio del procedimiento de solicitud, el interesado tendrá que superar con éxito los exámenes CCSE de conocimientos constitucionales y socioculturales de España y DELE, sobre el grado de competencia del idioma español. Estos exámenes los realiza el Instituto Cervantes.

En cuanto al diploma DELE, es un título oficial de competencia lingüística que otorga el Instituto Cervantes en nombre del Ministerio de Educación de España. El nivel de competencia exigido para optar a la nacionalidad española es como mínimo el A2. Es importante aclarar que están exentos de pasar la prueba DELE, aquellos que ya hayan obtenido con anterioridad el nivel de competencia lingüística A2 y los originarios de países cuya lengua oficial sea el español.

 

Documentos a presentar en el nuevo procedimiento para adquirir la nacionalidad española por residencia:

La solicitud de la nacionalidad española por residencia se hará a través de la plataforma electrónica habilitada por el Ministerio de Justicia o bien a travez del Colegio de Abogados de Madrid.

Tulex Abogados recomienda gestionarlo por el Colegio de Abogados de Madrid por ser la vía más rapida y segura. 

Será necesaria la aportación de los siguientes documentos (algunos de ellos aplicarán o no en función de las circunstancias del interesado):

 

       1. Certificado de nacimiento:

  • Apostillado, si el país emisor es parte del Convenio de la Haya.
  • Legalizado, si el país emisor no es parte del Convenio de la Haya.

       En cualquier caso, si está en un idioma distinto al español, habrá de ser traducido

       2. Pasaporte con todas sus hojas para verificar si la residencia ha sido continuada o no.

      Cuando la persona tenga múltiples nacionalidades, deberá presentar el pasaporte del país de origen que conste en su tarjeta de residencia

       3. Tarjeta de identidad de extranjero , Tarjeta Comunitaria o Certificado de Registro en función de si el solicitante es ciudadano comunitario o no.

       4. Certificado de empadronamiento histórico a fin de acreditar el tiempo de residencia efectiva en España.

       5.  En caso de los mayores de 18 años, Certificado de aprobado de las pruebas CCSE y DELE, éste último sólo para solicitantes de países con lengua oficial distinta del español. 

       6. Certificado de antecedentes penales del país de origen , cuando el solicitante sea mayor de edad o menor emancipado:

  • Apostillado, si el país emisor es parte del Convenio de la Haya.
  •  Legalizado, si el país emisor no es parte del Convenio de la Haya.

       El cualquier caso, al igual que el certificado de nacimiento si está en un idioma distinto al español, habrá de ser traducido.

       7. Justificante del pago de la tasa

 

 

La tramitación de la solicitud de la nacionalidad por residencia comprende una serie de trámites burocráticos y tediosos. En Tulex somos expertos en extranjería y tenemos amplia experiencia en la tramitación de nacionalidades. Nosotros lo hacemos por ti. Llámanos.